Seguro médico Cuba
El 16 de febrero pasado, el Gobierno de Cuba acordó establecer que todos los viajeros, extranjeros y cubanos residentes en el exterior, que entren al país a partir del 1º. de mayo de 2010, posean una póliza de seguro de viaje con cobertura de gastos médicos. Para cumplir con esta exigencia, el viajero debe contar con un seguro de viaje que incluya gastos médicos o una póliza de gastos médicos, con cobertura dentro de Cuba.
La póliza debe ser adquirida en el punto de origen. Aquellos viajeros que excepcionalmente no porten el seguro en el momento del arribo, podrán adquirir una póliza con cobertura de seguro y asistencia suscrita por aseguradoras cubanas, en el propio aeropuerto, puerto o marina.
Los seguros de viajes suscritos por las compañías de seguro cubanas y por la mayoría de las compañías aseguradoras internacionales, cuentan con los servicios de asistencia en viaje dentro de Cuba de la compañía Asistur SA., con un servicio las 24 horas y durante los 365 días del año.
En el caso de los residentes en los Estados Unidos que viajen directamente a Cuba, estarán obligados a adquirir en origen la póliza con cobertura de las aseguradoras cubanas, que se comercializa a través de la red de agencias asociadas a la compañía Havanatur-Celimar,ante la imposibilidad que tienen las compañías aseguradoras norteamericanas de garantizar cobertura en el territorio nacional cubano.
La obligatoriedad de disponer de una póliza de seguro de viaje con cobertura médica también afecta a los cubanos que viven en el exterior y a los extranjeros con residencia temporal en Cuba.
El seguro debe ser expedido por entidades aseguradoras locales o extranjeras reconocidas por las autoridades de la isla.
El Gobierno cubano facilitará la adquisición de este seguro en los principales puntos de entrada al país caribeño.
El personal diplomático y los miembros de organizaciones internacionales acreditados en Cuba están exentos de cumplir esta norma.
El viajero que al llegar al país sea objeto de control, deberá mostrar una póliza, certificado de seguro o tarjeta de asistencia de viaje, vigente durante su estancia en Cuba.